10/07/2018

Nuevas restricciones en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid prohibirá a partir de noviembre acceder y aparcar en el centro a los vehículos que no tengan distintivo ambiental. Es decir, a aquellos diésel matriculados antes de 2006 y los gasolina antes del año 2000, lo que se traduce, según datos de la DGT, en el 38% del parque móvil de la Comunidad de Madrid y entre el 17% y el 20% de los coches y motos que circulan por la capital.

¿A qué calles afectará?

La medida afecta a 472 hectáreas. Comprenderá las calles de Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, glorieta de Bilbao, Sagasta, plaza de Alonso Martínez, Génova, Colón, Paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Cánovas del Castillo (Neptuno), Paseo del Prado, paseo del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España, calle Princesa y calle Serrano Jover.

¿Hay que empadronarse para circular?

Sí. Como norma general, solo podrán acceder y circular libremente por Madrid Central los vehículos de personas empadronadas en esta zona, que podrán aparcar en el barrio como han estado haciendo hasta ahora. También los invitados (un máximo de 20 al mes).

Lo más importante: multas de 90 euros

Aunque la medida va a entrar en vigor en noviembre, se va a dar un plazo de adaptación de dos meses. En ese tiempo no se pondrán multas pero se enviarán a los infractores avisos a su domicilio. Las multas se pondrán ya en febrero: 90 euros.

Fuente: El Confidencial

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